Carta documento

Carta documento de despido

La manda el empleador para despedir con causa, o el trabajador para considerarse despedido. La causa que escribas es la que se discute después: no se puede cambiar.

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Qué tiene que decir

La decisión, en la primera línea

«Notifico a Ud. que queda despedido con justa causa a partir del…». Con la fecha desde la que rige.

Los motivos, con hechos

El art. 243 pide una «expresión suficientemente clara de los motivos». Escribí qué pasó, cuándo y dónde.

Lo que queda a disposición

La liquidación final y los certificados del art. 80, con el lugar y el horario para retirarlos.

Si la manda el trabajador

Es el despido indirecto: se denuncia el contrato por un incumplimiento grave del empleador (art. 242). Lo habitual es intimar antes a cumplir, con un plazo.

Si el despido es sin causa

La carta no necesita expresar motivos: alcanza con la decisión y la fecha. Corresponden la indemnización por antigüedad, de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor de tres meses (art. 245), y el preaviso o su indemnización sustitutiva (arts. 231 y 232). Si no hubo preaviso y el despido no cae a fin de mes, se suma la integración del mes (art. 233).

Modelo de texto

Completá lo marcado en amarillo. Remitente, destinatario, domicilios, lugar y fecha van en los campos de la hoja del Correo, no en el texto.

Texto de la carta

Notifico a Ud. que, a partir del día de la fecha, queda despedido con justa causa por [los hechos, con fecha y lugar], conducta que configura una injuria que por su gravedad no consiente la prosecución de la relación laboral (arts. 242 y 243 LCT). Liquidación final y certificados del art. 80 LCT a su disposición en [domicilio], de [días y horario]. Queda Ud. debidamente notificado.

Cómo se manda

En la sucursal

Se despacha en una sucursal del Correo Argentino, Andreani u OCA. Llevás el texto impreso o lo pasás a la hoja que te dan.

Si sos trabajador, es gratis

El telegrama y la carta documento del trabajador, el jubilado y el pensionado son gratuitos (Ley 23.789).

Guardá el comprobante

Te quedás con una copia y el código del envío. Con ese código seguís la carta hasta que la reciben.

¿No sos abogado?

Contanos qué necesitás.

Lo que dice la ley

Art. 243 de la Ley de Contrato de Trabajo

El despido con justa causa, y la denuncia del contrato que hace el trabajador, se comunican por escrito y con los motivos claros. En el juicio no se admite cambiar la causa que dice la carta.

Preguntas frecuentes

¿La puede mandar el trabajador?

Sí. Cuando el empleador incumple algo grave, el trabajador puede considerarse despedido. Rige el mismo art. 243: los motivos por escrito y claros.

¿Carta documento o telegrama?

El trabajador manda telegramas y cartas documento gratis (Ley 23.789). El empleador usa carta documento.

¿Y si el despido es sin causa?

La carta no necesita expresar motivos. Corresponden la indemnización por antigüedad (art. 245), el preaviso o su indemnización sustitutiva (arts. 231 y 232) y, sin preaviso, la integración del mes (art. 233).

¿En cuánto tiempo hay que pagar la liquidación?

Dentro de los plazos del art. 128 de la LCT, contados desde que termina la relación, sea cual sea la causa (art. 255 bis).

¿Qué pasa si la causa está mal escrita?

Queda fijada como está: el art. 243 no admite cambiarla en el juicio. Por eso conviene que la revise un abogado antes de mandarla.

Con tu caso, en Word y sobre la hoja del Correo

Contás qué pasó, subís lo que tengas y el borrador sale listo para imprimir sobre el formulario. Después seguís el envío hasta que la reciben.

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